El Acuerdo UE–Mercosur ya está en aplicación provisional desde el 1 de mayo de 2026.

Un acuerdo que puede suponer importantes ventajas arancelarias para empresas que comercian con:

Argentina – Brasil – Paraguay – Uruguay

Pero hay una palabra clave que marcará la diferencia:

➡️ ORIGEN ⬅️

Porque las reducciones arancelarias NO se aplicarán automáticamente.

Las empresas deberán demostrar el origen preferencial de las mercancías conforme a las reglas establecidas en el acuerdo.

¿Qué cambia en la práctica?

✅ La solicitud de trato preferencial se basará en una “comunicación sobre el origen”.

✅ Los exportadores de la UE utilizarán el sistema REX (Exportadores Registrados).

✅ Mercosur aplicará un sistema transitorio de certificación de origen durante un periodo inicial de 3 años (prorrogable).

Durante este periodo, la UE aceptará:

• Comunicaciones sobre el origen

• Certificados de origen conforme al modelo publicado en el DOUE

Además:

Argentina → deberá indicar CUIT

Brasil → Registro Nacional de Personas Jurídicas

Uruguay → RUT

Y las comunicaciones emitidas por estos países deberán incluir:

✔ Nombre del exportador ✔ Firma manuscrita, electrónica o digital

⚠️ Importante: No basta con emitir una declaración en factura.

Las empresas deberán:

• Verificar reglas de origen

• Analizar transformación suficiente

• Mantener trazabilidad documental

• Revisar clasificación arancelaria

• Adaptar facturas y procedimientos internos


Sectores especialmente afectados:

Industrial Automoción Agroalimentario Textil Bebidas y alimentación

El acuerdo abre oportunidades comerciales importantes, pero también incrementa la necesidad de control y compliance aduanero.

En Lead Internacional ayudamos a empresas a:

✔ Analizar origen preferencial

✔ Adaptar documentación

✔ Revisar operativas aduaneras

✔ Minimizar riesgos en importación/exportación

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