El Acuerdo UE–Mercosur ya está en aplicación provisional desde el 1 de mayo de 2026.
Un acuerdo que puede suponer importantes ventajas arancelarias para empresas que comercian con:
Argentina – Brasil – Paraguay – Uruguay
Pero hay una palabra clave que marcará la diferencia:
➡️ ORIGEN ⬅️
Porque las reducciones arancelarias NO se aplicarán automáticamente.
Las empresas deberán demostrar el origen preferencial de las mercancías conforme a las reglas establecidas en el acuerdo.
¿Qué cambia en la práctica?
✅ La solicitud de trato preferencial se basará en una “comunicación sobre el origen”.
✅ Los exportadores de la UE utilizarán el sistema REX (Exportadores Registrados).
✅ Mercosur aplicará un sistema transitorio de certificación de origen durante un periodo inicial de 3 años (prorrogable).
Durante este periodo, la UE aceptará:
• Comunicaciones sobre el origen
• Certificados de origen conforme al modelo publicado en el DOUE
Además:
Argentina → deberá indicar CUIT
Brasil → Registro Nacional de Personas Jurídicas
Uruguay → RUT
Y las comunicaciones emitidas por estos países deberán incluir:
✔ Nombre del exportador ✔ Firma manuscrita, electrónica o digital
⚠️ Importante: No basta con emitir una declaración en factura.
Las empresas deberán:
• Verificar reglas de origen
• Analizar transformación suficiente
• Mantener trazabilidad documental
• Revisar clasificación arancelaria
• Adaptar facturas y procedimientos internos
Sectores especialmente afectados:
Industrial Automoción Agroalimentario Textil Bebidas y alimentación
El acuerdo abre oportunidades comerciales importantes, pero también incrementa la necesidad de control y compliance aduanero.
En Lead Internacional ayudamos a empresas a:
✔ Analizar origen preferencial
✔ Adaptar documentación
✔ Revisar operativas aduaneras
✔ Minimizar riesgos en importación/exportación
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